martes, 7 de mayo de 2013

RECLAMO JUSTO


RECLAMO JUSTO

Es posible que muchos de nuestros estudiantes, sus padres, representantes y familiares cercanos no entiendan la razón de nuestra protesta. Es posible que parte de la sociedad nos juzgue porque decidimos paralizar las instituciones donde se forma el futuro del país. A ellos les digo, en nombre de mis colegas profesores, si me lo permiten, que estamos exigiendo el cumplimiento de un derecho constitucional. El derecho a un salario justo. Ciertamente, no hemos debido llegar a una medida tan extrema para que se nos reconozca lo expresado en el Artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales...” Es deber del Estado cumplir con las leyes, no obstante, es un derecho ciudadano exigir su cumplimiento. En eso estamos.

Que los profesores de la educación universitaria hayamos decidido paralizar  actividades académicas para exigir un salario justo es, sin duda, un asunto grave. Tan grave o importante como lo es que con nuestros bajos sueldos no podemos “cubrir” las necesidades básicas en un país con dos dígitos de inflación. La alimentación, la salud y la vivienda son tres de esas necesidades materiales que el profesor universitario no puede “cubrir” dignamente.

La comida, además de escasa, muy costosa. El bono de alimentación, 920 bolívares mensuales, no cubre el costo de la canasta alimentaria. Según datos del Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA), en octubre de 2012 esta tenía un costo de 3.850,58 Bsf. (http://www.cenda.org.ve/noticia.asp?id=95) y para marzo de 2013 la misma fuente sostiene que subió a 4.284,84. Ni siquiera la quincena del profesor titular cubre ese costo. Es decir tenemos ingresos por debajo de lo que implica satisfacer la necesidad de alimentarnos de forma balanceada. En otras palabras, incorporar a nuestra dieta todos los alimentos y no los más baratos. Con nuestras pírricas quincenas nos limitamos a una dieta de muchos carbohidratos, pocos vegetales y menos proteínas. Una forma de alimentación que para la mayoría de los nutricionistas es un atentado contra la salud.

La otra necesidad básica, la salud, tampoco logramos cubrirla como deber ser. Nuestro seguro de hospitalización cirugía y maternidad no supera el límite de los 20.000 bolívares, menos que una cesárea y apenas cubre un parto. En cuanto a la vivienda, la mayoría de nuestros profesores jóvenes no pueden acceder a la compra de este bien con un sueldo mensual que no llega a los 3.500 mil bolívares y quienes ya la poseemos debemos recurrir a los préstamos y cajas de ahorro para remodelarlas o ampliarlas. Comprometiendo más aún nuestro devaluado salario.

De las actividades sociales, podemos decir que satisfacer la necesidad de recreación es realmente un lujo que muy pocos pueden pagarse. Salir al cine, asistir a obras de teatro o llevar a los niños al circo, por ejemplo, son actividades cada vez menos frecuentes entre los miembros de la familia universitaria. Difícilmente puede el profesor disfrutar, como lo exige la ley, de unas vacaciones dignas. Digamos que ya no son familiares: van unos y se quedan otros. Si el bono vacacional más elevado es el del profesor titular y está por el orden de los 20.000 bolívares, saquemos la cuenta de cómo puede vacacionar un docente instructor o asistente con esposa y dos hijos (inclusive si el esposo o esposa también trabaje). Aunque a algunos de quienes nos critican podría parecer una banalidad este punto, la CRBV también consagra el derecho a la recreación, como lo hemos visto en el artículo citado.

Acerca de las necesidades intelectuales, muy importantes para los profesionales que ejercemos la docencia, el sueldo no alcanza para “cubrir” los estudios de Especialización, Maestría o Doctorado que los profesores  debemos realizar de manera obligatoria para ascender en el escalafón universitario. Si alimentarnos y asegurar la salud ya es cuestarriba, satisfacer la necesidad de formarnos intelectualmente va quedando relegada. Llegamos al punto en el que el profesor o mantiene a su familia o realiza estudios de postgrado. Si bien es cierto que la  institución ofrece el beneficio de beca a quienes cumplan con los requisitos, también lo es que el cerco presupuestario a las universidades limita  la posibilidad de otorgar becas a todo el que la solicite.

Con un sueldo de instructor  que, de acuerdo con la dedicación,  se ubica entre 2.677,00 y 3.335,00, un profesor universitario en proceso de formación tiene escasas posibilidades de “cubrir suficientemente las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales” que manda la Constitución. De igual manera, quienes se encuentran en las otras categorías  sufren y padecen las carencias de vivir con sueldos inadecuados a la realidad del país. 

Nuestros reclamos son justos.  Exigimos que se cumpla la Ley.  De hecho, el Artículo 91 en su párrafo final  es muy claro al expresar  que el costo de la canasta básica es la que marca el aumento de sueldo mínimo. “El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La Ley establecerá la forma y procedimiento.”

En consecuencia, el profesor instructor debería estar ganando 10.500,00 aproximadamente, y de ahí en adelante cada categoría lo que le corresponda por ley. Exigimos un salario acorde con la función que desempeñamos, pues, si hoy los profesores universitarios nos encontramos ante esta lamentable situación  es porque se nos ha vulnerado nuestro derecho a un salario justo.

Profesora Baudilia Rivas Salazar

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